Nuevos valores de referencia para el criterio de alta eficiencia

Los fabricantes de cogeneradores y expertos en el tema, que pongan en marcha nuevas instalaciones a partir del 1º de enero de 2016, deberán ajustar su auditoría de eficiencia siguiendo los nuevos valores de referencia de la eficiencia armonizados.

La verificación de la alta eficiencia debe ser calculada junto con los nuevos valores de referencia de la eficiencia armonizados. (Origen: peshkova – Fotolia )

Desde el 1º de enero de 2016, para llevar a cabo la verificación de la alta eficiencia, deben ser aplicados nuevos valores de referencia de la eficiencia armonizados para la producción por separado de electricidad y calor. La Unión Europea (UE) ha adoptado el REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/2402 el día 12 de octubre de 2015, suceso que es mayormente desconocido por la opinión pública. El reglamento delegado entró en vigor el 1º de enero de 2016, todas sus partes son de aplicación obligatoria y es válido para todos los Estados miembros.

¿Para qué se necesitan valores de referencia de la eficiencia armonizados?

Los valores de referencia se necesitan para mejorar el ahorro energético primario de las plantas de cogeneración en comparación con la generación por separado de electricidad en centrales eléctricas y de calor en calderas. Los valores de referencia de la eficiencia armonizados serán presentados en un reglamento que incluye una matriz de valores, la que los subdividirá según el año de fabricación y el tipo de combustible utilizado. Conforme a la Directiva 2012/27/UE, el ahorro energético primario asequible es un criterio importante para definir si, según las normas de la Unión Europea, una planta de cogeneración puede obtener una subvención o no.

Fundamentalmente, las plantas de cogeneración de hasta 1 MWe deben realizar un ahorro de energía primario mínimo. Las plantas de cogeneración que cuenten con un rendimiento eléctrico mayor a 1 MW deben poder acreditar un ahorro de más del 10%.

Debido a que los valores de eficiencia armonizados siempre son establecidos para un período de tiempo de algunos años, comenzó a partir de septiembre de 2014 la revisión de dichos valores. Los nuevos valores de referencia de eficiencia deberían ser revisados – y, en caso de ser necesario, ajustados -, en 4 años, es decir, en el año 2020.

Resultados de la revisión de los valores de referencia

El valor de referencia para la generación de electricidad a partir de gas natural se ha incrementado ligeramente. El valor de eficiencia comparado es de solo 53% en lugar de, como hasta ahora, 52,5%. Los valores de referencia para la generación de electricidad a partir de biocombustibles sólidos y líquidos fueron elevados hasta un 5%. Los valores de referencia armonizados para el calor residual, la energía solar térmica, la energía geotérmica y la energía nuclear fueron establecidos nuevamente.

En el caso de la producción de calor por separado, hubo una serie de ajustes tanto para los combustibles líquidos como para los gaseosos. Así, los valores de eficiencia para el gas natural, el gas licuado y el gas natural biológico elevaron su porcentaje en dos puntos. Para el biogás, el valor de referencia creció de 70% a 80%. Por el contrario, el valor de referencia de la eficiencia para los combustibles líquidos disminuyó entre un 4% y un 5%. También en referencia a la producción de calor por separado se determinaron, en el apartado “otros”, nuevos valores de referencia para fuentes de calor como la energía solar térmica y la energía geotérmica.

Además, la revisión demostró que los factores de corrección basados en las condiciones climáticas deberían ser válidos solo para las instalaciones de generación de energía eléctrica que funcionen con combustibles en estado gaseoso. Los factores de corrección referentes a las pérdidas en la red evitadas fueron actualizados en relación con los valores de límites de tensión y el valor de los factores de corrección.

 

http://www.cogeneration.info/download/2015_2402_ES.pdf
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/2402 DE LA COMISIÓN